domingo, 31 de agosto de 2008

LA JUNTA DIRECTIVA INFORMA

LOS JUEGOS MAGISTERIALES ESTAN CONVOCADOS PARA LA SEMANA DEL 6 AL 10 DE OCTUBRE NO FALTES PARTICIPA

JUEGOS MAGISTERIALES

REGLAMENTO GENERAL

CAPITULO I
DENOMINACIÓN Y OBJETIVOS

ARTICULO 1.- Son los Juegos Magisteriales, el programa que busca establecer procesos que promuevan e impulsen la práctica del deporte en los municipios del departamento del Guaviare, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de los docentes, facilitándoles sus posibilidades de integración e interacción en el desarrollo social y cultural. .

ARTÍCULO 2.- los Juegos Magisteriales de ADEG cumplirán los siguientes objetivos:

1. Integrar a los docentes a través de la práctica deportiva.
2. Crear conciencia de la importancia de la integración y el deporte.
3. Organizar eventos recreativos y culturales que tiendan a fortalecer los principios de solidaridad y compañerismo de los afiliados a ADEG.
4. Motivar a los docentes de los diferentes municipios, para su vinculación (afiliación) a ADEG.
5. Fomentar la cultura a través de la práctica del deporte y la recreación.
6. Fomentar valores formativos, recreativos y culturales, buscando el mejoramiento de la calidad de vida de los afiliados.
7. Promover la integración y el fortalecimiento de los lazos de amistad entre las delegaciones.
8. Mejorar el bienestar de los afiliados a través de la recreación y la cultura.
9. Exaltar a los mejores deportistas del sector magisterial, como ejemplo de dedicación y esfuerzo para la juventud de nuestro departamento.

CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 3.- La planeación, organización, dirección, administración y realización de los novenos Juegos Magisteriales y Muestra Cultural del Magisterio Guaviarense, será responsabilidad de la Junta Directiva de la ADEG, su Comité de Cultura, Recreación y Deporte y su Comité Organizador.




ARTÍCULO 4.- El COMITÉ DE HONOR de los novenos Juegos Magisteriales y Muestra Cultural del Magisterio Guaviarense estará integrado por:

GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO.
SECRETARIO DE EDUCACIÒN DPTAL.
ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÈ
PRESIDENTE DE ADEG
SECRETARIO DE EDUCACION MUNICIPAL.
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE RECREACION Y DEPORTES DEL GUAVIARE.
SECRETARIO DE ASUNTOS DEPORTIVOS Y CULTURALES DE ADEG
ARTÍCULO 5.- La Junta Directiva del ADEG, tendrá las siguientes funciones en los Novenos Juegos Magisteriales y Muestra Cultural del Magisterio Guaviarense:

1.- Establecer las políticas generales que regirán los novenos Juegos de ADEG.
2.- Aprobar el reglamento general del evento presentado por el Comité de Deportes.
3.- Avalar las disciplinas, categorías, ramas y muestra cultural de los novenos Juegos Magisteriales.
4.- Recomendar el tipo de premiación que se debe otorgar en los Juegos Deportivos.
5.- Supervisar y evaluar en forma general el evento Deportivo y Cultural.

ARTICULO 6.- De las Comisiones de Apoyo

1.- Comisión Técnica y de Acreditaciones.- Tendrá a su cargo todos los aspectos técnicos del evento, la recepción de las inscripciones de los participantes y la refrendación de los carnés correspondientes. Hará parte del COMITÈ DE DEPORTES.

2.- De la Comisión de Protocolo. Tendrá las siguientes funciones:

a.- Coordinar con la comisión Cultural, la distribución de escenarios para el desarrollo de la programación de los Juegos.
b.- Coordinar con la Junta Directiva los actos protocolarios de los Juegos.
c.- Organizar los Actos de Inauguración y Clausura de los Juegos.
d.- Designar acompañantes permanentes a cada una de las delegaciones para orientación y adecuada atención en todos los aspectos.
e.- Elaborar un informe final de su gestión y presentarlo a la Junta Directiva, una vez terminado el evento.

3.- De la Comisión de Alojamiento y Alimentación.- Cumplirá las siguientes funciones:

a.- Elaborar el censo hotelero y de lugares para la alimentación para presentarlo a la Junta Directiva.
b.- Designar la distribución de las delegaciones por hoteles y lugares de alimentación.
c.- Velar por la prestación adecuada de los servicios y el cumplimiento de los contratos establecidos.
d.- Establecer con sus propietarios los horarios y menús unificados para todos los lugares de alimentación.
e.- Elaborar el informe final de su gestión y presentarlo a la Junta Directiva.
f.- Las demás que le sean asignadas por la Junta Directiva.

4.- De la Comisión de Transporte.- Tendrá las siguientes funciones:

a.- Organizar, controlar y supervisar todo lo relacionado con el desplazamiento de las delegaciones.
b.- Elaborar el plan de desplazamiento de las delegaciones a los distintos escenarios deportivos y sitios de presentación cultural.
c.- Disponer con los coordinadores deportivos y acompañantes de cada una de las delegaciones la adecuada y oportuna prestación del transporte.
e.- Elaborar el informe final de su gestión y presentarlo a la Junta Directiva.
f.- Las demás que le asigne la Junta Directiva.

5.- De la Comisión Cultural.- Tendrá las siguientes funciones:

a.- Organizar, ejecutar y supervisar las actividades culturales del evento.
b.- Coordinar con las autoridades de la ciudad sede el préstamo o arrendamiento de los escenarios y elementos indicados para el desarrollo de las muestras culturales.
C.- Elaborar el proyecto de cronograma general de eventos culturales que se realizarán en los Juegos, para presentarlos a consideración a la Junta Directiva.
d.- Realizar la inscripción de las delegaciones participantes en el evento cultural.
e.- Designar los jurados para cada actividad.
f.- Determinar, en coordinación con la Junta Directiva, los parámetros sobre los cuales se realizará la muestra cultural y se otorgarán los reconocimientos a los participantes.
G. Elaborar un cuadro de honor sobre la participación de las delegaciones en el evento cultural.
h.- Participar en la evaluación general de los juegos.

6. - De la Comisión de Información y Prensa. - Tendrá las siguientes funciones:

a.- Difundir y promocionar los Novenos Juegos Magisteriales.
b.- Elaborar las credenciales y distintivos para organizadores, coordinadores y participantes de los juegos.
C.- Divulgar, motivar y ejercer las Relaciones Públicas en general.
d.- Elaborar junto con los Coordinadores Deportivos los boletines informativos diarios.
e.- Publicar resultados técnicos y programación.

7.- De la Comisión Médica y de Bienestar.- Tendrá las siguientes funciones:

a.- Coordinar con los servicios de salud, cruz roja, defensa civil y paramédico de la ciudad sede o ciudades cercanas la prestación del servicio médico asistencial.
b.- Consecución de ambulancias para prestación de servicios médicos y de primeros auxilios durante el desarrollo del evento.
C.- Prestar el servicio de hidratación en todos los escenarios deportivos y culturales.

8.- De la Comisión Logística y de Servicios Varios.- Tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a.- Conseguir el máximo de comodidades para Delegados - Entrenadores Jueces - Deportistas - Invitados especiales y todo el personal que intervenga en el torneo.
b.- Solicitar oportunamente los implementos necesarios para el normal desarrollo antes y durante el torneo.
c.- Exigir a los auxiliares la ubicación de los elementos necesarios (mesas, sillas, tubos, etc.) para la administración y juzgamiento de los eventos.
d.- Asegurar la presentación permanente del servicio de aseo de los escenarios y sitios de congregación pública, por parte de los encargados de dichos servicios.
e.- Las demás que le sean asignadas por la Junta Directiva.

9.- De la Comisión de Seguridad.- Cumplirá las siguientes funciones:

a.- Coordinar con las autoridades competentes, policía, cruz roja, defensa civil y bomberos de la región, la seguridad permanente durante los juegos.
b.- Elaborar planes especiales de desplazamiento de las delegaciones a los distintos escenarios deportivos y culturales .
c.- Propender por que todos los participantes porten sus credenciales en lugar visible.

PARAGRAFO 1.- La permanencia de los integrantes de las diferentes comisiones debe ser durante todos los días de los juegos.

PARAGRAFO 2.- Los coordinadores de cada una de las comisiones deben apoyar y estar presentes en los actos protocolarios (Inauguración, premiación y clausura). Además asistir a la reunión posterior a la terminación de los juegos, citada por la Junta Directiva..
ARTICULO 7. DEL TRIBUNAL DEPORTIVO Y DISCIPLINARIO.- Es un estamento creado para determinar sobre las reclamaciones, demandas y reposiciones que dieren lugar durante el desarrollo de los juegos. Actuará como última instancia, por los tanto sus fallos no admitirán ningún recurso. Su acción irá hasta treinta (30) días calendario posterior a la finalización del certamen. Las decisiones serán tomadas por mayoría. Estará integrado así:

a.- Un delegado de la Junta Directiva ADEG, quien lo presidirá.
b.- Un representante del comité de deportes.
c.- Un representante de los delegados de los participantes en los juegos.


CAPITULO III
DE LOS PARTICIPANTES

ARTICULO 8.- Podrán participar en los novenos juegos magisteriales, todos los DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES afiliados a la Asociación de Educadores del Guaviare.

ARTÍCULO 9.- Un Deportista podrá participar en dos disciplinas colectivas y dos individuales.

ARTÍCULO 10.- Para la realización de los juegos se establecerán tres (3) tipos de participantes, los cuales deberán ser acreditados para poder actuar en el evento:
· Deportistas: Son los que compiten en las diferentes modalidades deportivas.
· Técnicos: Son los encargados de la dirección de los equipos, deben ser afiliados y no debe participar como deportista.
· Delegados: Son los representantes legales de cada delegación ante la Dirección del evento y los únicos que pueden interponer reclamaciones, demandas y reposiciones. Deben ser afiliados.

PARAGRAFO.- Es obligatoria la participación de todos los deportistas, técnicos y delegados, a los actos protocolarios: inauguración, culturales y clausura. Delegación que no se haga presente mínimo con el 80% se hará acreedora a un llamado de atención.

ARTICULO 11.- Presentación: Cada una de las delegaciones deberá presentarse adecuadamente uniformada, con el logotipo de su respectiva Zona.

En los actos de inauguración cada delegación debe llevar:
· Bandera de su Municipio.
· Uniforme de zona

ARTÍCULO 12.- Asistirán por derecho propio y en las mismas condiciones que los participantes a los Novenos Juegos.

Los Directivos Sindicales.
El Comité de Deportes.


CAPITULO IV
DE LAS INSCRIPCIONES

ARTÍCULO 13.- Las inscripciones se llevarán a cabo, a través del diligenciamiento del formato oficial, cuyo modelo será entregado a los delegados, quienes serán los responsables de la veracidad de los datos allí consignados. Se indicarán las disciplinas y el número de participantes en cada una de ellas por categoría y rama y serán presentadas a más tardar el día 18 agosto 2006, ante el Comité Organizador.

ARTICULO 14.- La inscripción tendrá un valor de VEINTE MIL PESOS. ($ 20.000,00) por deportista, delegado y técnico, que serán cancelados en la tesorería de ADEG. Valor que fue aprobado por la Asamblea General de julio de 2004, y que cancelaran los que no se encuentran a paz y salvo

ARTÍCULO 15.- EL CONGRESO TECNICO se realizará el día 22 septiembre de 2006 a las 3:00 PM., en el auditorio HERNANDO ARCILA RAMIREZ de ADEG. A él asistirá un (1) delegado por cada ZONA participante, los miembros del Comité de deportes y tres delegados de ADEG, al igual que el Comité Organizador.

DEL CODIGO DISCIPLINARIO

ARTÍCULO 16.- El régimen disciplinario que se aplicará para los campeonatos deportivos de los novenos Juegos Magisteriales será lo que señale el presente reglamento y los que determine el Tribunal Deportivo y Disciplinario.

PARAGRAFO 1.- Este régimen disciplinario se aplicará a deportistas, directivos, delegados, personal técnico, auxiliares y en general al personal vinculado con los juegos.

PARAGRAFO 2.- Las decisiones de la autoridad disciplinaria (Tribunal Deportivo y Disciplinario) tendrán carácter de última instancia y. por tanto sus fallos no admitirán ningún recurso durante los juegos.

ARTÍCULO 17.- AUTORIDADES DISCIPLINARIAS.- Para velar por el cumplimiento de las normas establecidas se constituye el siguiente orden jerárquico de autoridad del evento:

1.- Autoridades de Juzgamiento.
2.- Coordinadores deportivos o culturales.
3.- ADEG.
4.- Tribunal Deportivo y Disciplinario.

ARTICULO 18. - El trámite de instrucción y resolución que debe adelantar el tribunal deportivo y las autoridades disciplinarias, estará basado en el principio de defensa, audiencia del acusado y contradicción de la prueba. Se manejará lo siguiente: Reclamaciones, Demandas, Reposiciones y Apelaciones.

PARAGRAFO 1.- Las Demandas se entiende por demanda la actuación que persigue la nulidad sobre el resultado de una confrontación deportiva. Debe ser presentada por escrito dentro de las dos (2) horas continuas después de presentado el hecho, como plazo único ante el Tribunal Deportivo y Disciplinario. Debe ser firmada y presentada por el Delegado Oficial, acompañada de las pruebas pertinentes.

ARTÍCULO 19.- Penas y Sanciones:

AMONEST ACION: Llamado de atención. Puede ser Verbal o Escrita.

SUSPENSIÓN: No participar en la actividad deportiva propia temporalmente.

DESCALIFICACION: Del Juego o evento: No participar en la actividad deportiva propia definitivamente por el partido o por el torneo.

EXPULSION: Salir de la cancha o escenario deportivo y dejar de participar en el encuentro o partido por disposición de las autoridades de juzgamiento.

· Expulsión del encuentro por juego brusco, protestar o reclamar airadamente decisiones arbitra/es, abandono o ingreso al terreno de juego sin autorización arbitral u otro tipo de conducta.

Ø Sanción: UNA (1) FECHA. Aplicación directa.

· Acumulación de dos (2) tarjetas amarillas en Fútbol y dos (2) azules en Fustal.

Ø Sanción: UNA FECHA. Aplicación directa por el Director Deportivo.

· Insulto o agresión verbal, uso de gestos o señales antideportivos, contra los estamentos de los juegos (Directivos, Veedores, Jueces, Coordinadores, Comisiones o Funcionarios de la organización, Árbitros, Jugadores) Autoridades Civiles, Eclesiásticas y Público en general.

Ø Sanción: TRES (3) FECHAS. Puede ser mayor dependiendo del informe arbitral y del coordinador del deporte.

· Expulsión o Descalificación por juego violento, agresión de obra a jugadores contrarios, compañeros o a los espectadores, ratificada con el informe arbitral y del coordinador del deporte respectivo.

Ø Sanción: DESCALIFICACION DEL CAMPEONATO.

· Agresión de hecho contra Directivos, Veedores, Funcionarios de la Organización, Árbitros o Público.

Ø Sanción: DESCALIFICACION DE LOS JUEGOS. SANCION POR DOS (2) MAGISTERIALES PROGRAMADOS POR ADEG


· Actuación de un jugador sancionado, aunque no se le haya comunicado la sanción.

Ø Sanción: PERDIDA DEL ENCUENTRO PARA EL EQUIPO Y DESCALIFICACION DEL EVENTO DEL JUGADOR INFRACTOR.

· Jugador, entrenador, delegado o directivo que habiendo sido descalificado regrese al campo de juego a tomar parte en incidentes o a generarlos.

Ø Sanción: DESCALIFICACION DE LOS JUEGOS.

· Actuar bajo los efectos de estupefacientes o en estado de embriaguez en los escenarios Deportivos o Culturales por parte de
·
· cualquier participante ya sean Deportistas, Directivos, Delegados, Técnicos. Árbitros y/o Coordinadores.

Ø Sanción: DESCALIFICACION INMEDIATA DEL CERTAMEN.

· Negarse a jugar o retirarse del terreno de juego sin causa justificada, ya sean Deportistas o Directivos de la delegación.

Ø Sanción: DESCALIFICACION DE LOS JUEGOS DEL O LOS RESPONSABLES.

· Acumulación de dos (2) tarjetas rojas en Fútbol.

Ø Sanción: EXPULSION DE LOS JUEGOS. Aplicación directa por el Director Deportivo.

· Participar en actos contra la disciplina, el decoro y la ética deportiva, el uso de estimulantes o sustancias prohibidas, la falsificación de documentos, la suplantación de personas y el acuerdo con los rivales para facilitar la victoria o la derrota.

Ø Sanción: DESCALIFICACION INMEDIATA DE LOS JUEGOS DEL O LOS INPUCADOS. Aplicación directa por el Director Deportivo. SANCION A LOS INFRACTORES HASTA CON DOS (2) AÑOS DE SUSPENSIÓN PARA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES QUE ORGANICE ADEG.

ARTICULO 20.- En todas las situaciones en que se hable de sanción "DESCALIFICACION" el tiempo será el que estipule la autoridad disciplinaria.

ARTICULO 21.- Cuando un deportista comete dos o más faltas contempladas en el régimen disciplinario, se tendrá en cuenta la más grave para su sanción. Toda reincidencia dobla la sanción.

ARTÍCULO 22.- Todo jugador expulsado cumple automáticamente su sanción a partir de la siguiente fecha en que actúe su equipo.

ARTICULO 23.- La autoridad disciplinaria utilizará como elemento de juicio para imponer sanciones, los informes de los árbitros, jueces, veedores, coordinadores y funcionarios designados oficialmente para los partidos y muestra cultural y podrán solicitar todas las pruebas pertinentes a que haya lugar. ,.

ARTÍCULO 24.- Los actos que constituyan infracción al normal desarrollo de los juegos y no estén contemplados en este reglamento, serán resueltos por el Comité Deportivo y Disciplinario y conllevarán a las sanciones que ellos consideren de acuerdo a las normas disciplinarias deportivas de cada uno de los Reglamentos Internacionales expedidos por las respectivas Federaciones y se constituirán en parte del presente reglamento.

ARTÍCULO 25.- No podrán participar en los siguientes juegos que organice ADEG:

. Los jugadores o equipos que sean sancionados con la expulsión de los juegos.
. Los jugadores o equipos que ocasionen un W. O. en deportes de conjunto o se presten para abandonar la cancha sin autorización en un partido.
. Los jugadores que se inscriben en una competencia individual y no participan en ella.

ARTICULO 26.- los casos no resueltos durante los juegos deben ser notificados y resueltos dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la terminación del evento, por el Comité de Deportes de ADEG.

REGLAMENTO DE LOS JUEGOS MAGISTERIALES

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